Por disposición de la Superintendencia de Salud de Colombia mediante resolución 3012-6 del 3 de abril 2016, “Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar a NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. "NUEVA EPS S.A." identificada con NIT 900.156.264-2 a partir del 3 de abril 2024 y por el término de un año.
Consecuentemente, se dispuso “la separación del gerente o representante legal, la junta directiva y la asamblea de accionistas” La Nueva EPS había iniciado operaciones en 2008, atendiendo usuarios del régimen contributivo y subsidiado.
Los soportes para la intervención indican cuatro conclusiones:
- Condiciones financieras y de solvencia se identifica que la EPS presenta incumplimientos únicamente para el cierre de la vigencia 2023, para el indicador de Patrimonio Adecuado, en tanto que no cumple indicador de Régimen de Inversiones de la Reserva Técnica a partir de diciembre de 2019.
- Los resultados del indicador de siniestralidad para el régimen Contributivo entre el cierre de la vigencia 2019 y 2023 aumentó un 7,7% pasando del 93,2% al 100,9% y para Régimen Subsidiado en 9,7%, pasando del 91,3% al 101,0%.
- Con corte a enero de 2024 Nueva EPS posee una tasa de reclamaciones en salud de 19.71 acumulada a enero de 2024, así mismo se presenta 21.474 reclamaciones que corresponden al mes de enero 2024.
- En el marco de la auditoría realizada para verificación de la Resolución 497 de 2021, Nueva EPS cumplió con el 37% de los estándares de habilitación y permanencia y registro 22 hallazgos.”
Entre los considerandos está textualmente “Que, el Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, una vez analizada la situación de NUEVA EPS SA de acuerdo con el concepto presentado por la Superintendente Delegada para Entidades de Aseguramiento en Salud en la citada sesión, recomendó al Superintendente Nacional de Salud ordenar la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar a NUEVA EPS SA.”
En lo resuelto en la 30312-6 se contempla en el artículo segundo “ORDENAR al interventor de NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD SA “NUEVA EPS SA” identificada con NIT 900.156.264-2, presentar e implementar un plan de trabajo, dentro del término de treinta (30) días calendario siguientes a su posesión que será evaluado, discutido y aprobado por la Dirección de Medidas Especiales para EPS y Entidades Adaptadas…”
En la víspera, igual proceder se ordenó a la EPS Sanitas mediante resolución 3002-6 siendo las dos mayores EPS que atiende usuarios en Colombia.