Operadores no podrán suspender los servicios de celulares en Colombia, a quienes no puedan pagar y ya tengan una antigüedad superior a dos meses con el operador, acorde a lo determinado por el decreto presidencia #464 del 23 de marzo, con motivo de la emergencia económica, social, y ecológica, generada por la pandemia del Covid19.
Aplica para planes pos pago, cuya valor mensual contratado, sea inferior a dos UVT o $70.134 en voz y datos, por ello se excluyen del valor las cuotas por compras de equipos o seguros, otorgándoles 30 días de plazo para ponerse al día en la cuenta, al finalizar la emergencia por el Covid19 en Colombia.
Durante ese periodo, dice la norma “Cuando el usuario incurra en impago del servicio, el proveedor otorgará treinta (30) días adicionales al término pactado en el respectivo contrato para que el usuario proceda con el pago de los valores adeudados, durante este término, en los planes con una capacidad contratada igualo superior a un (1) Gigabyte (G8) al mes, el servicio se mantendrá al menos con una capacidad de cero coma cinco (0,5) Gigabyte (G8) al mes durante el periodo de no pago de que trata este literal.”
Vencido el primer mes sí podrá suspender el servicio, pero deberá darle además de la opción de hacer recargas, enviar 200 SMS gratis así como recibir ese tipo de mensajes, y conforme a la resolución 5951 del 26 de marzo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones “Los proveedores de los servicios de telefonía, acceso a Internet y los operadores de televisión por suscripción no podrán generar cobro alguno asociado a intereses por mora con ocasión de las sumas que no sean pagadas oportunamente por parte del usuario y estén asociadas a la facturación de dichos servicios. En ningún caso esto implica la condonación de las sumas que los usuarios adeuden al proveedor por la prestación del servicio”.
Además se establece en la 464 que los usuarios podrán navegar gratuitamente por veinte URL, para acceder a servicios de salud, atención de emergencias de educación y del Gobierno.
Para los usuarios de planes prepago, cuando se les venza el saldo, plazo de treinta días para enviar 200 SMS gratis así como recibir esa modalidad de mensajes.
Prioridades el comercio electrónico
Otro de los alcances importantes del 464, es la priorización del comercio electrónico durante la emergencia del Covid19, para adquirir alimentos, bebidas, bienes de primera necesidad, productos farmacéuticos y médicos, ópticos, ortopédicos, aseo y limpieza. También para las mascotas alimentos, medicina. Igualmente se deben facilitar acceso a las telecomunicaciones utilizando teléfonos, computadores, tabletas y televisores.
Resolución 5951 Comisión Reguladora de Comunicaciones