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Pico Placa/día a vehículos particulares

Vuelve el pico y placa habitual a Cúcuta desde el primero de junio 2020, con restricciones de automotores particulares los días lunes para las placas terminadas en 1 y 2, martes placas 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, viernes 9 y 0; pero ahora se extiende la restricción a los días sábados y domingos según se trate del día calendario impar para las placas impares y los días pares a las placas pares.

Las zonas aplicadas sólo a los vehículos nacionales como pico día a las placas de Cúcuta Metropolitana en horarios de horas pico (07:30 a 09:00 11:30 a 13:30 y 17:30 a 19:00) son las ya conocidas del cuasi triangulo limitado por las calles 2 y 15 y las avenidas diez y diagonal Santander; se les autoriza circular por la diagonal Santander y avenida Libertadores en sus dos calzadas.

La resolución 099 expedido por la Secretaría de Tránsito Municipal de Cúcuta, establece que las placas colombianas diferentes a las de Cúcuta Metropolitana y las extranjeras, tendrán pico día entre las siete de la mañana y las siete de la noche en toda la ciudad, autorizados solo para circular en esos horarios por los anillos viales oriental y occidental.

La capacidad por vehículo además del conductor se limita a dos pasajeros, siempre y cuando estén en los descritos en el decreto presidencial 749.

Las motocicletas y similares siguen con restricción de parrilleros todo el día.

Pico y placa/día vehículos de servicio público

Para los vehículos de transporte público individual la restricción son las 24 horas del día, en los mismos días que el transporte particular, y un pasajero o hasta tres personas de las exceptuados en el 749 con las restricciones del decreto 768 expedido el 30 de mayo 2020 donde por cierto se restablece el cobro de peajes.

Para el transporte colectivo, solo se aplicará los sábados y domingos el pico día, 24 horas, según se trate del día calendario impar para las placas impares y los días pares a las placas pares

Se estableció que del 01 al 07 de junio, será etapa pedagógica y sancionatoria a partir del 8 de junio 2020. Se exceptúan del pico placa y pico días, los vehículos de seguridad, justicia, autoridades, consulares, blindaje, servicios públicos domiciliarios y los acreditados como prensa, radio y televisión.

Decretado el sexto aislamiento preventivo obligatorio (consecutivo) en Colombia que se inició el 25 de marzo por la pandemia del Covid19, y ahora regirá todo el mes de junio 2020 donde “se limita la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional” con excepciones para 43 actividades, según decreto 749.

Al 28 de mayo se acumulan en Colombia 25.366 contagiados, 6665 recuperados y  822 fallecidos. En Norte de Santander 128 positivos, 84 recuperados y 13 fallecidos; Cúcuta con 89 casos,  59 Cuadro del Covid19 por municipios en NdSrecuperados y 8 fallecidos.

 

Actividades físicas y al aire libre

Dentro de las excepciones del decreto presidencial quedaron autorizadas en el numeral 35 del artículo 3º “El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños entre dos (2) y cinco (5) años, tres (3) veces a la semana, media hora al día… los niños mayores de 6 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día… de 18 a 69 años, por un período máximo de dos (2) horas diarias, (y)…los adultos mayores de

70 años, tres (3) veces a la semana, media hora al día.” Alcaldes fijarán horarios e instrucciones y protocolos de seguridad.

Autorizan mas renglones productivos

En las nuevas actividades productivas autorizadas a laborar desde el 1º de junio 2020 como excepción, se incluyeron “32- Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias…. 40- Museos y bibliotecas. 41- Laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano. 42- Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general. (y) 43- Servicios de peluquería”.

Reglamentado por @Alcaldía de Cúcuta en su territorio la ampliación del aislamiento obligatorio que estableció @infopresidencia para junio 2020 por el Covid19, en decreto 749 de Presidencia de Colombia expedido el 28 de mayo 2020.

Se mantiene pico y cédula para circular en funciones de aprovisionamiento las personas a quienes les termine sus cédulas en 1 y 2 los lunes;  martes los de 3 y 4; miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, viernes 9 y 0. Los días sábados las cédulas con dígitos terminados en 1 al 5 y domingo 6 al 9 y 0. Como en junio son festivos los lunes 15, 22 y 29 y es posible estén cerrados los negocios, se autoriza que las cédulas finalizadas en 1 podrán salir a proveerse el martes de esa semana y los del dígito 2 el miércoles de la misma.

El decreto 153 expedido el 30 de mayo por la Alcaldía, tiene como novedad que se exceptuó del pico y cédula, la compra de alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, artículos de aseo y limpieza, artículo 2.2.

Los extranjeros también son objeto del pico y cédula, además que deben estar debidamente legalizados en Colombia.

Las medidas de bioseguridad establecidas en la resolución 666 de MinSaludCo, son de estricto cumplimiento y por ello al reiniciar labores los centros comerciales desde el primero de junio, solo pueden permitir el ingreso del 30% de su capacidad de clientes, observando el distanciamiento social y normas de higiene personal.

En materia de transporte, se amplió la restricción vehicular en el centro de Cúcuta, quedando desde la calle 4 a la 12 y avenidas 4 a 7.

Horarios para actividades físicas individuales y de ejercicios al aire libre

Solo en espacios públicos, diferentes a parques y centros recreativos, con distanciamiento social, en los días miércoles, sábados y domingos: niños de 2 a 5 años, en horarios a escoger entre 9 y 10 de la mañana o 4 a 5 de la tarde, media hora acompañados de unos de sus padres o un tutor; los de 6 años a 17 años una hora diaria en igual selección de tiempo.

Los adultos mayores de 70 años, media hora también los miércoles, sábados y domingos, pero en horario 9 a 10 de la mañana. Los mayores entre 18 y 69 años, hasta dos horas diarias entre 6 y 8 de la mañana.

Siguen complemente restringidas, las actividades en discotecas, baile, ocio, entretenimiento, establecimientos juegos de azar y apuestas, billares, casinos, video juego, gimnasios, piscina, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parque de atracciones mecánicas, parques infantiles, cines, teatros, practicas deportivas grupales y áreas de recreación, deportes de contacto, servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.

Actividades al aire libre para población de 2 a 70 años en Colombia

Desde el primero de junio 2020, para actividades al aire libre, que reglamentarán los alcaldes, autorizan salida a los niños de 2 a 5 años, tres veces a la semana durante treinta minutos al día; de 6 a 17 años tres veces a la semana por una hora diaria; adultos entre 18 y 69 años, todos los días dos horas; y de 70 años en adelante tres veces por semana durante media hora. Para todos opera la restricción cuando presenten enfermedades.

Los anuncios le efectuó el ministro de salud Fernando Ruiz, a la par que prologó la emergencia sanitaria hasta el 31 de agosto, en resolución 844 de Minsalud, durante el programa diario de televisión #PrevencionYAcción del presidente Duque, a las seis de la tarde por el canal institucional y redes sociales de @infopresidencia.

Por su parte, Duque ratificó que siguen prohibidas durante la emergencia sanitaria, las actividades sociales públicas y privadas, el transporte intermunicipal, los vuelos nacionales e internacionales.

Minsalud anunció que ese despacho reglamentará la salida controlada para los adultos mayores de 60 años que se encuentren en centros de larga estancia.

Prima de servicio subsidiada en 50%

Ivan Duque, presidente de Colombia anunció que el gobierno nacional, asumirás el 50% de la prima de junio, para los trabajadores que devenguen un salario mínimo “como un compromiso nuestro con lo social, con los trabajadores de Colombia”. Empleadores y trabajadores, deben acordar el pago del restante 50%.

Sigue operando el distanciamiento social y uso de tapabocas en espacios públicos; para las personas que tienen comorbilidades o enfermedades crónicas se les mantiene el aislamiento permanente.